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Que hacer si Hay un Fallo de Desalojo (o por ausencia) ya establecido en Contra de Usted

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Por: La Asociación de los Servicios Legales de Montana (MLSA)

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Mi arrendador presentó un caso de desalojo en contra mío y yo no presenté una respuesta o respondí antes de que la corte entrara una demanda en contra mía. ¿Qué debo hacer?

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Respuesta

Si hay un juicio de desalojo en contra de usted en La Corte de Justicia, usted solo tiene 30 días desde la fecha en la cual el fallo fue firmado por el juez para buscar revocación del fallo. Este puede ser llamado un fallo por posesión o por ausencia. Usted puede presentar una Moción en la Corte para pedirle a la Corte que revoque el fallo debido a un error, inadvertencia (falta de atención), sorpresa, o negligencia excusable. El juez debe establecer una audiencia después de que usted ha presentado su Moción. 

En la Audiencia, usted debe testificar en detalle acerca de las razones por las cuales el fallo de la corte en contra suya debe ser revocado para que usted tenga la oportunidad de defenderse en contra del desalojo.

Por ejemplo, usted puede presentar una Moción de Invalidación del Fallo si hay un fallo en contra suya por ausencia y usted tiene una buena razón para explicar el porque estuvo ausente:

  • No presentó su respuesta escrita en la Corte después de que le entregaron los documentos; o
  • no se presentó al juicio.

IMPORTANTE:  Usted necesitará presentar su Moción mucho antes del plazo de los 30 días. Si el Juez en el fallo le ordenó desalojar la vivienda rentada en cierta fecha y usted quiere pedir más tiempo, entonces es mejor que presente su Moción antes de la fecha de la orden de desalojo, y no esperarse hasta que se cumplan los 30 días.

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