No, si su negativa no es razonable. No puede negarse injustificadamente a que su arrendador entre en su vivienda de arriendo. Si lo hace, su arrendador podría:
- Darle un aviso de 24 horas para que permita la entrada del arrendador y, si no le deja entrar en 24 horas, el arrendador puede darle un aviso de 3 días para que se mude y usted podría ser desalojado; o
- Presentar una demanda contra usted ante la corte, pidiendole al juez que permita inmediatamente la entrada del arrendador.
Bajo cualquiera de las dos opciones, el arrendador puede recuperar los "daños reales" causados por su negativa irrazonable a permitir la entrada. "Daños reales" significa básicamente cualquier daño causado a la vivienda o cualquier gasto de bolsillo que el arrendador haya tenido debido a su negativa irrazonable de permitirle la entrada.
Si no desea que el arrendador entre a la vivienda y tiene una buena razón para negarse, póngase en contacto con él para explicárselo. Por ejemplo, puede ser razonable si no se opone a que el arrendador entre en su vivienda, sólo se opone al día o la hora elegidos para la entrada. Explíquele por que ese día u hora no son apropiados y haga una cita con el arrendador otro día u otra hora para que él pueda ingresar a la vivienda.