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Guía Completa Para Hacer el Proceso de Divorcio y Custodia Usted Mismo en Montana

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Por: La Asociación de los Servicios Legales de Montana (MLSA)

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La información de este artículo se aplica a ambas partes en un caso de divorcio o de crianza de los hijos. Hay información útil sobre lo que ocurre al principio, durante y después de un caso de divorcio o de crianza de los hijos. Hemos añadido muchos enlaces para que obtenga más información y formularios que puede utilizar en las cortes de Montana.
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Guía Completa Para Hacer el Proceso de Divorcio y Custodia Usted Mismo en Montana

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Introducción

La Asociación de los Servicios Legales de Montana creó este artículo para ayudarle en un caso de divorcio o de crianza de los hijos en Montana. Recomendamos que todas las personas con un asunto de derecho de familia en Montana lean este artículo. Conocer sus derechos, y los derechos de la otra persona, puede ahorrarle tiempo, dinero y estrés más adelante.

La información de este artículo se aplica a ambas partes en un caso de divorcio o de crianza de los hijos. Hay información útil sobre lo que ocurre al principio, durante y después de un caso de divorcio o de crianza de los hijos. Hemos añadido muchos enlaces para que obtenga más información y formularios que puede utilizar en las cortes de Montana.

Muchas personas pueden representarse a sí mismas en un caso de divorcio o de crianza de los hijos. Pero, si tiene alguna pregunta, es una buena idea hablar con un abogado. Encontrará enlaces a ayuda legal en este artículo. Así que, si está confundido en alguna pregunta, le recomendamos que se ponga en contacto con un abogado.

 


¿Qué sucede si mi cónyuge o pareja me ha hecho daño a mí o a los niños?

Hay algunas cosas importantes que debe saber si está dejando una relación violenta o abusiva. El final de una relación violenta es a veces el momento más peligroso para la víctima y los niños. Puede haber ayuda legalno legal gratuita para las personas que abandonan una relación de violencia doméstica. Es una buena idea elaborar un plan de seguridad. También puede estudiar la posibilidad de obtener una Orden de Protección. Es importante saber que la Corte puede basar algunas de sus decisiones en cuestiones de seguridad para los padres y/o los hijos.

 

Solicitar el Divorcio

En Montana, el nombre legal de un divorcio es "Disolución del Matrimonio". La ley se refiere a los cónyuges que se divorcian como "las partes de la Disolución".

El Demandante es la parte que primero le solicita a la Corte una Disolución. El Demandante le solicita a la Corte una Disolución presentando una Petición de Disolución ante el Secretario de la Corte del Distrito.

El Demandado es el otro cónyuge. El Demandado puede opinar sobre lo que sucede en la Disolución presentando una Respuesta a la Petición de Disolución. El Demandado debe presentar una Respuesta en un plazo de 21 días después de haber sido notificado de la Petición de Disolución.

Si hay hijos menores del matrimonio, la Disolución debe incluir un Plan de Crianza. La ley de Montana ya no utiliza las palabras "custodia" y "visitas". En su lugar, utiliza "crianza" para promover la idea de que ambos progenitores deben participar en la vida de los hijos. Los documentos legales dirán crianza en lugar de custodia o régimen de visitas. En este artículo también utilizaremos las palabras crianza en lugar de custodia.

Presentar una Petición de Disolución no pone fin al matrimonio de inmediato. Inicia un proceso legal para decidir cómo dividir los bienes y las deudas de los cónyuges, y cómo tomar las decisiones sobre la crianza de los hijos. Una vez resueltas todas las cuestiones, la Corte pone fin al matrimonio ordenando un Decreto Final de Disolución.

¿Quién Puede Solicitar una Disolución en Montana?

Cualquiera de los esposos puede solicitar una Disolución en Montana sólo si Montana tiene jurisdicción sobre su caso. Montana tiene jurisdicción sobre su Disolución si uno de los cónyuges ha residido en Montana al menos 90 días antes de presentar la petición. Cuando hay hijos del matrimonio menores de 18 años, deben haber residido en Montana durante al menos seis meses antes de que usted pueda solicitar una Disolución en el estado. Existen algunas excepciones, la mayoría relacionadas con cuestiones de seguridad para los hijos o para el cónyuge. En general, las Cortes de Montana sólo tienen jurisdicción si los hijos han residido en el estado durante al menos seis meses antes de presentar una petición. 

Puede encontrar las leyes que hablan de la jurisdicción en el Código Anotado de Montana (M.C.A.) § 40-4-211. El "§" es un símbolo que significa sección. 40 es el Título. 4 es el Capítulo. Y, 211 es la Parte. Si tiene preguntas acerca de como solicitar una disolución en Montana, hable con un abogado.

¿Dónde Presento una Demanda de Disolución en Montana?

Usted debe presentar una Disolución en la Corte del Distrito del condado que sea apropiado. Un condado puede ser un lugar apropiado si:

  • Uno o ambos esposos viven en el condado,
  • Uno o ambos esposos poseen propiedad en el condado,
  • Los hijos viven en el condado,
  • O, los hijos tienen lazos importantes en el condado, como el lugar donde van a la escuela o van al médico.

Basado en su situación, podría haber más de un condado que podría ser un lugar adecuado. Si tiene dudas sobre en cual condado debe presentar la demanda, hable con un abogado.

¿Cómo Decide la Corte si Puede Obtener una Disolución?

Las razones legales que debe demostrar para obtener una Disolución se denominan motivos de Disolución. En Montana, los motivos de Disolución son "una ruptura irremediable del matrimonio". Cuando le solicite a la Corte una Disolución, debe declarar en la Petición que existe una ruptura irremediable del matrimonio. Para demostrar que existe una ruptura irremediable, debe decirle a la Corte que:

  • Han vivido separados y aparte durante 180 días antes de solicitar la Disolución, o
  • Que existe un desacuerdo matrimonial grave que afecta negativamente la actitud de una de las partes.

El formulario para una Petición de Disolución en este sitio de la rede incluye el lenguaje que necesita para indicarle a la Corte los motivos de la Disolución.

 Disolución sin Culpa

En Montana no tiene que demostrar que una persona tiene la culpa de la ruptura del matrimonio. Su pareja no tiene que estar de acuerdo en divorciarse. Y no necesita demostrar que ha habido mala conducta por parte de uno de los cónyuges.

Disolución por Ausencia

Una sentencia por ausencia es lo que la Corte le concede si la otra parte no contesta a una Petición de Disolución. La otra parte, el Demandado, tiene 21 días para presentar una Respuesta a la Petición después de que se le notifique una copia de la misma. Transcurridos los 21 días, el Secretario de la Corte puede dictar una sentencia por ausencia. La parte que presentó la petición aún debe presentar los documentos para solicitar una audiencia para obtener un Decreto Final de Disolución. El paquete de Petición de Disolución en este sitio de la rede tiene los documentos para pedir una sentencia por ausencia.

Si obtiene una sentencia por ausencia, la Corte le concederá todo lo que pidió en la Petición, siempre que la Corte considere que su petición es "equitativa". Equitativo significa justo. Equitativo no siempre significa que todo se reparta por igual. Si hay niños, la Corte también debe encontrar que su Propuesta de Plan de Crianza es en el mejor interés de los niños.

Disolución Conjunta

Si tanto usted como su pareja pueden acordar todos los términos de su Disolución, pueden solicitar una Disolución Conjunta. Eso significa que deben estar de acuerdo en la crianza de los hijos y en cómo dividir los bienes y las deudas para una Petición Conjunta. Con una Disolución Conjunta, tanto usted como su pareja son Co-Peticionarios. Ambos firmarán la Petición y el Plan de Crianza. Si se ponen de acuerdo para hacer una Disolución Conjunta, el proceso legal para obtener una Disolución puede ser más rápido y sencillo.

Anulación

La ley de Montana no utiliza la palabra anulación. En su lugar, utiliza el término Declaración de Invalidez del Matrimonio. Sólo un Juez de la Corte del Distrito puede emitir una Declaración de Invalidez del Matrimonio. En ella se declara que el matrimonio no fue válido por causas tales como:

  • Fraude, o
  • Incapacidad para contraer matrimonio (como, ser menor de edad o estar incapacitado). 

Sólo hay circunstancias específicas en las que un Juez en Montana emitirá una Declaración de Invalidez de Matrimonio. Puede encontrar la ley para la Declaración de Invalidez del Matrimonio, a menudo llamada anulación, en M.C.A. § 40-1-402.

Separación Legal

Una Separación Legal es diferente a simplemente separarse de su pareja y vivir en otro lugar. Debe solicitarle a la Corte una Separación Legal. Al igual que en una Disolución, su pareja no tiene que estar de acuerdo con la Separación Legal. Pero, si uno de las partes se opone y quiere una Disolución en su lugar, pueden cambiar la Separación Legal a un caso de Disolución.

Los requisitos para una Separación Legal son generalmente los mismos que para una Disolución. Pero, un Decreto de Separación no pone fin al matrimonio. Usted no puede volver a casarse legalmente si obtiene una Separación Legal. Y, ambos cónyuges pueden seguir siendo responsables de las deudas del otro.

Seis meses después de que un Juez decrete una Separación Legal, cualquiera de las partes puede pedirle a la Corte que cambie el Decreto de Separación por un Decreto Definitivo de Disolución. Un Decreto de Disolución es lo que el Juez ordena para poner fin al matrimonio. El otro cónyuge no puede oponerse a que el decreto se convierta en una Disolución. Si desea solicitar una Separación Legal, es una buena idea hablar con un abogado.

Mi cónyuge quiere el divorcio. Yo no quiero el divorcio. ¿Puedo obligar a mi cónyuge a hacer una separación legal?

No. Si solicita la separación legal y su cónyuge quiere el divorcio, puede pedirle a la corte que cambie la separación legal por un divorcio. El proceso es exactamente el mismo para el divorcio y la separación legal. El estatuto que permite a su cónyuge pedir el divorcio si usted solicita la separación legal es el MCA 40-4-104.

My spouse and I got a Legal Separation two years ago and now my spouse wants a divorce. Can I stop them from getting the divorce?Mi cónyuge y yo nos separamos legalmente hace dos años y ahora mi cónyuge quiere el divorcio. ¿Puedo impedir que se divorcie?

No. Si la cortel ordenó un Decreto Final de Separación Legal cualquiera de los cónyuges puede convertirlo en un Decreto de Disolución presentando una moción ante la corte. Quien quiera una disolución tiene que esperar seis meses desde que el juez firmó el Decreto de Separación Legal para presentar la moción pidiendo el divorcio. La corte debe conceder la moción y convertir el decreto en un Decreto de Disolución del Matrimonio. La ley al respecto es la MCA 40-4-108.

Orden Temporaria de Restricción Económica 

Cuando presente una demanda de disolución, el Secretario de la Corte  pondrá automáticamente una Orden Temporaria de Restricción Económica. La Orden impide a cualquiera de los cónyuges deshacerse de sus bienes, "excepto en el curso habitual de los negocios o para las necesidades de la vida" o para pagar honorarios a los abogados. La Orden dice cosas como que ambos cónyuges no pueden cambiar los beneficiarios del seguro mientras la Disolución esté pendiente.

La Orden se incluirá en la Citación y se notificará al otro cónyuge junto con la Petición. Una Orden Temporaria de Restricción Económica  e una parte normal de toda Disolución. 

Esta orden temporal termina una vez que se finaliza la Disolución. Puede obtener más información sobre lo que dice la ley sobre una Orden Temporaria de Restricción Económica  en M.C.A. § 40-4-121.s

 

¿Qué coloco en la Petición o Respuesta a la Disolución?

La persona que inicia una Disolución pedirá lo que quiere del divorcio en la Petición de Disolución. La otra parte puede pedir lo que quiere en su Respuesta a la Petición de Disolución. Una Disolución establecerá asuntos como:

  • Donde vivirán los niños y que contacto tendrán con cada progenitor
  • Manutención de los hijos y apoyo médico para los hijos
  • Quien se quedará con cuales propiedades, como terrenos y casas
  • Quien se quedará con cuales bienes personales, como muebles, animales y carros
  • Como dividir las finanzas, como los ahorros y las cuentas de jubilación, y
  • Quien será responsable de determinadas deudas.

Crianza de los Hijos

Si hay hijos menores del matrimonio, una Disolución debe incluir un Plan de Crianza. La Corte ordenará un Plan de Crianza que considere que promueve el mejor interés del menor. Hablaremos más sobre los Planes de Crianza más adelante en la sección Plan de Crianza.

Propiedades

La Corte dividirá los bienes y las deudas del matrimonio de forma equitativa. Para decidir que es equitativo, la Corte tendrá en cuenta muchos factores, entre ellos:

  • La duración del matrimonio;
  • La edad, salud, ocupación, ingresos, aptitudes profesionales, patrimonio, deudas y las necesidades de ambas partes;
  • Los acuerdos de paternidad, si hay hijos de por medio;
  • Si se ha concedido manutención;
  • La oportunidad de ambas partes de adquirir ingresos y bienes en el futuro; y
  • La contribución del la esposa como ama de casa a la familia

Equitativo significa justo. Equitativo no siempre significa que todo se reparta por igual. Por ejemplo, si uno de las partes necesita un camión para trabajar, la Corte puede dárselo a esa parte aunque el otro carro valga mucho menos. Puede obtener más información sobre lo que dice la ley acerca de cómo dividir los bienes en M.C.A. § 40-4-202.

Al llenar sus formularios de disolución, es útil haber reunido toda la información posible sobre su situación financiera. Debe incluir todos los bienes y deudas de los que tenga conocimiento. Sea lo más específico posible. Por ejemplo, describa una deuda de tarjeta de crédito como "Visa Capitol One por $200". Cuando decida como quiere dividir los bienes y las deudas, es una buena idea pensar en los factores de los que hemos hablado antes y que la Corte tendrá en cuenta. Usted quiere pedir con lo que puede para vivir y lo que cree que es justo basándose en su situación específica.

Propiedad Mayor

La Corte se refiere a propiedades como casas o terrenos. Los casados pueden tener derecho a parte de las pensiones o cuentas de jubilación del otro. Le recomendamos que hable con un abogado si usted o su pareja poseen:

  • Casas
  • Terrenos
  • Cuentas de jubilación
  • Pensiones del trabajo.

Propiedad Personal

La ley se refiere a la propiedad que usted puede mover como propiedad personal. Por ejemplo, carros, muebles, joyas, acciones y bonos son bienes personales. Los formularios para una disolución en esta página de la rede tienen espacios para preguntarle a la Corte como quiere dividir los bienes personales. Es una buena idea pedir en su Petición o Respuesta que una de las partes retire su nombre del título de la propiedad de la otra persona en un plazo de 20 días después de que la Corte conceda un Decreto Final.

Deudas

Usted no es responsable por las deudas que su pareja tenía antes de casarse o después de divorciarse. Pero, los acreedores pueden cobrarle las deudas conjuntas del matrimonio. Estas deudas suelen incluir facturas de servicios públicos, tarjetas de crédito y contratos que ambos firmaron.

Notifique a los acreedores comunes de su separación lo antes posible. Sólo usted y su ex-pareja son partes en su disolución. Esto significa que los acreedores no están obligados a respetar la división de deudas de la Corte. Puede que tenga que volver a la Corte del Distrito si su ex-pareja no cumple la Orden Judicial.

Manutención (Ayuda Monetaria):

La manutención suele denominarse ayuda monetaria. La manutención se refiere al dinero que una parte paga a la otra, aparte de la manutención de los hijos. Puede solicitar la ayuda monetaria en su petición o respuesta si:

  • Lleva casado varios años,
  • Carece de medios para mantenerse a sí mismo,
  • Usted es incapaz de mantenerse mediante un empleo, y
  • Su pareja tiene medios para ayudarle económicamente.

Puede encontrar lo que dice la ley de Montana sobre la ayuda monetaria en M.C.A. § 40-4-203.

Durante una Demanda de Divorcio

El término legal para una demanda de divorcio en Montana es Procedimiento de Disolución. Presentar una Petición de Disolución sólo inicia el proceso. No pone fin inmediatamente al matrimonio. El matrimonio sólo termina cuando la Corte emite un Decreto Final de Disolución. Un Procedimiento de Disolución puede requerir una o más vistas a la Corte, dependiendo del grado de desacuerdo de los esposos.

Cuando los esposos no están de acuerdo, el divorcio se convierte en un caso impugnado. La Corte puede emitir una Orden de Horario en ese momento. Una Orden de Horario establece un horario y unos requisitos para que las partes avancen hacia un juicio. No todos los divorcios van a juicio. A veces las partes pueden llegar a un acuerdo durante un reparto impugnado. La Corte suele ordenar a las partes que acudan a una Mediación para resolver sus diferencias antes del juicio.

Mediación

La mediación es una forma de resolver sus problemas fuera de la cote. Ambos esposos pueden tener un abogado con ellos en la mediación.

El mediador es la persona que dirige la mediación. Un mediador es una tercera persona neutral entrenada que no toma partido. Un mediador intenta ayudarle a usted y a la otra parte a llegar a un acuerdo con el que ambos puedan vivir y que pueda ser presentado y ordenado por la Corte.

El mediador no testifica ante la corte, no toma decisiones ni culpa a nadie. Pero, el mediador siempre presentará un informe después de la mediación para informarle a la corte si las partes llegaron a algún acuerdo. El informe sólo debe decir:

  • Si la mediación tuvo éxito,
  •  Cuando tuvo lugar, y
  • Cuanto tiempo duró.

El mediador no culpará a ninguna parte ni hará declaraciones sobre lo que dijeron durante la mediación en su informe.

Si usted y su pareja no pueden llegar a ningún acuerdo, la mediación se detendrá. El mediador presentará un informe para hace saber a la Corte que las partes no llegaron a un acuerdo.

Si el mediador puede ayudarles a usted y a la otra parte a llegar a un acuerdo, les ayudará a redactar ese acuerdo. Ese acuerdo se llamará Estipulado. Estipulado significa que las partes están de acuerdo con él. Puede haber más de un documento estipulado. Por ejemplo, puede llegar a un Plan de crianza estipulado. O puede llegar a una División Estipulada de Deudas y Bienes.

Puede hacer que un abogado revise los acuerdos a los que lleguen durante la mediación. El mediador archivará un informe diciendo que la mediación fue un éxito. El mediador puede incluir una copia de los documentos estipulados con su informe.

Usted o la otra parte presentarán entonces una Moción solicitandole a la Corte que adopte el documento estipulado.

Importante: La mediación puede no ser adecuada para usted si:

  • Hay o ha habido violencia doméstica en la relación; O,
  • Una de las partes ha abusado física, emocional o sexualmente a un hijo(a).

Si no cree que la mediación sea adecuada para usted por alguno de los motivos anteriores, deberá notificarle a la Corte. Para notificarle a la Corte:

  • Revise la Orden de Mediación para saber qué hacer si la mediación no es apropiada,
  • Pregúntele al Secretario de la Corte o al Centro Legal de Auto Ayuda si tienen un formulario local para pedirle a la Corte que le excuse de la mediación; y/o
  • Presente una Moción por escrito que explique porque la mediación no es adecuada para usted. En su Moción, necesitará referirse a la ley específica que dice cuando la mediación no es apropiada. Puede encontrar esa ley en M.C.A § 40-4-301.

Importante: A veces las personas deciden hacer la mediación aunque ellas o sus hijos hayan sufrido abusos. En estos casos, cada cónyuge deberá dar su consentimiento por escrito y con conocimiento de causa de una mediación. Puede consultar en la Secretaría de la Corte o en el centro legal de Auto Ayuda para ver si tienen un formulario para dar el consentimiento a la mediación en estos casos.

Órdenes Temporales

Durante un procedimiento legal, cualquiera de las partes puede presentar una Moción para pedirle a la Corte que tome una decisión o realice alguna acción. Cualquiera de los esposos puede presentar una Moción para pedirle a la Corte que emita ciertas órdenes temporales durante un Procedimiento de Disolución. A continuación se detallan las órdenes temporales más comunes.

Manutención Temporal

Si ha estado casado(a) con su pareja durante varios años y necesita ayuda económica temporal, puede solicitar una Orden de Manutención Temporal. Una solicitud de manutención no suele ser apropiada en una Disolución por ausencia. Si es probable que su pareja no esté de acuerdo con la orden de manutención temporal, es probable que necesite la ayuda de un abogado.

Manutención Temporal de los Hijos

Una orden de manutención temporal de los hijos ordenará a uno de los progenitores el pago de la manutención de los hijos durante el procedimiento de disolución. Puede ser una buena idea solicitar una manutención temporal  de los hijos si:

  • La Corte o la Agencia de Servicios de Manutención de los Hijos de Montana (CSSA) aún no ha establecido la manutención de los hijos
  • Necesita dinero de la pareja para cuidar de los hijos.

Puede solicitar una manutención temporal de los hijos presentando una Petición de manutención temporal de los hijos. De nuevo, esto podría no ser apropiado para una Disolución por ausencia o un Plan de crianza. Si tiene preguntas, hable con un abogado.

Órdenes Temporarias de Manutención Familiar 

Un Juez puede emitir una Orden Temporal de Manutención Familiar que trate todo tipo de cuestiones financieras durante el Procedimiento de Disolución. Usted o la otra parte pueden solicitarla a la Corte  mediante una Moción. Esta orden no sustituye las órdenes de manutención temporal o de manutención de los hijos.

La orden puede hacer que uno o ambos de los esposos utilicen ingresos específicos para pagar ciertas facturas. Por ejemplo, si uno de los esposos sigue viviendo en la casa pero tiene problemas para mantenerse al día con la hipoteca, la Corte puede ordenar a la otra parte que haga todos o parte de los pagos de la hipoteca con su salario. Solicitar una Orden Temporal de Manutención Familiar puede ser una buena idea si:

  • Uno de los esposos no gana lo suficiente para pagar algunas de las deudas conyugales, y/o
  • Los esposos no pueden ponerse de acuerdo sobre quien debe pagar ciertas facturas.

Puede encontrar lo que dice la ley sobre las órdenes temporales de manutención familiar en M.C.A. §40-4-121. Es probable que necesite la ayuda de un abogado.

Declaración de Bienes, Deudas, Ingresos y Gastos

La ley de Montana exige que ambas partes de la Disolución entreguen a la otra parte una lista de sus bienes, deudas, ingresos y gastos en un plazo de 60 días a partir de la notificación de la Petición. Este documento se denomina Declaración Preliminar de Divulgación de Bienes, Deudas, Ingresos y Gastos. El paquete de Petición de disolución de esta página de la red incluye este formulario. Si ambas partes lo acuerdan por escrito o ante la Corte, se puede renunciar al intercambio de declaraciones preliminares de divulgación.

La ley también exige que usted y la otra parte intercambien declaraciones finales de divulgación antes de que el caso vaya a juicio o antes de que las partes lleguen a un acuerdo. Pero, puede renunciar a los requisitos de divulgación final si su pareja no presenta una Respuesta a la Petición de Disolución y la Cortele concede una sentencia por ausencia. Excepto en el caso de una sentencia por ausencia, las partes no pueden acordar renunciar al intercambio de revelaciones finales.

La Corte puede aceptar la declaración del otro cónyuge como verdadera si usted no presenta la suya. Puede ser acusado de desacato a la Corte, multado o castigado de alguna u otra forma, si hace alguna declaración falsa a propósito sobre su situación financiera.

Después de la Demanda de Divorcio

Cuando la Corte le concede la Disolución, emitirá un Decreto Final de Disolución. Un Decreto Final termina legalmente el matrimonio y cambia su estado de casado(a) a soltero(a). Usted recibirá una copia certificada del Decreto. Una copia certificada es una copia que el Secretario de la Corte firma para decir que es una copia exacta a la original. Guarde una copia del Decreto en un lugar seguro. También puede solicitar una Copia Certificada que puede costar una pequeña cantidad pero le será útil cuando tenga que mostrar el Decreto a otras agencias gubernamentales. Asegúrese de seguir las órdenes del Decreto, incluyendo:

  • Pagando su parte de las deudas conyugales lo antes posible; y
  • Asegurándose de que los títulos de propiedad de los vehículos y otros bienes se transfieren a la persona adecuada.

Si Recibe Pagos de Manutención Directamente de Su Ex-Esposo(a):

  • Lleve un registro escrito de todos los pagos; y
  • Haga copias de todos los cheques y guárdelas en un lugar seguro.

Si Cambió de Nombre como Parte de la Disolución:

  • Conserve una Copia Certificada del Decreto como prueba del cambio de nombre;
  • Notifique a la Administración del Seguro Social (SSA) y complete los formularios para recibir una nueva tarjeta de identificación;
  • Actualice su licencia de conducir con el Departamento de Transporte;
  • Cambie su nombre en otros documentos legales importantes. Por ejemplo, poderes notariales, testamentos vitales, fideicomisos y contratos; y
  • Notifique a otras personas e instituciones con las que tenga contacto. Por ejemplo, amigos y familiares, empleadores, escuelas, correos, bancos, acreedores, compañías telefónicas y de servicios públicos, agencias de seguros, la oficina de Asistencia Pública, etc.

Algunas Cuestiones Fiscales a Tener en Cuenta:

  • El IRS asume que la parte que tiene a los hijos la mayor parte del tiempo debe obtener las exenciones El IRS no puede basarse en el horario del Plan de Crianza. Pero, se permite a los padres intercambiar exenciones fiscales del uno al otro, https://www.irs.gov/ use el formulario 8332 del IRS.
  • Su estado civil para la declaración de impuestos se establece a partir del último día del año. Si todavía está casado el 31 de Diciembre (y presenta la declaración a partir de un año de calendario, como hace la mayoría de la gente), debe presentar la declaración como casado (conjuntamente o por separado). Si está divorciado el 31 de Diciembre, debe declararse soltero (ya sea como cabeza de familia o no).
  • Póngase en contacto con un contador si tiene más preguntas o cree que puede optar por otros créditos fiscales. También puede obtener más información leyendo nuestro artículo sobre Divorcio e impuestos.

Este es el final de la sección Divorcio. Continúe leyendo para saber más sobre la crianza de los hijos en Montana. Si está buscando formularios u otros recursos ahora, puede desplazarse hasta el final de este artículo a la sección Actúe.

Presentación de un Plan de Crianza

La ley de Montana ya no utiliza las palabras "custodia" y "visitas". En su lugar, utiliza "crianza" para promover la idea de que ambos padres deben participar en la vida de los hijos siempre que sea seguro y sea en su beneficio.

El Peticionario es la parte que primero le solicita a la Corte un Plan de Crianza presentando una Petición de Plan de Crianza ante el Secretario de la Corte del Distrito. La Petición incluirá una Propuesta de Plan de Crianza que expone lo que el Peticionario desea para la crianza de los hijos.

El Demandado es la otra parte (padre o madre). El Demandado podrá declarar lo que desea en un Plan de Crianza presentando una Respuesta a la Petición del Plan de Crianza. El demandado debe presentar una respuesta en un plazo de 21 días después de recibir la notificación de la petición del plan de crianza.

Puede encontrar los formularios que puede utilizar para presentar una Petición del plan de crianza y una Respuesta a la petición del plan de crianza en esta página de la rede.

Si usted y la otra parte se están divorciando, deben incluir un Plan de crianza en su Disolución matrimonial. Presentará la documentación del Plan de Crianza en la misma Secretaría de la Corte donde presente la documentación de la Disolución del Matrimonio.

Presentar una Petición de Plan de Crianza no establece un horario de crianza de inmediato. Inicia un proceso legal para decidir ddnde vivirán los hijos, que tipo de contacto tendrán los hijos con cada progenitor, como tomarán los padres las decisiones sobre el hijo, y también otras cosas. El juicio sobre el plan de paternidad termina cuando la Corte ordena un Plan de Crianza Final.

¿Quién Puede Pedir un Plan de Crianza en Montana?

Cualquiera de los padres puede solicitar un Plan de Crianza en Montana sólo si Montana tiene jurisdicción sobre los hijos. Montana tiene jurisdicción sobre los hijos si han vivido en Montana durante al menos seis meses antes de que uno de los progenitores presente una Petición de plan de crianza. Existen algunas excepciones. La mayoría de las excepciones tienen que ver con problemas de seguridad para los hijos o para uno de los padres. Si se encuentra en una situación peligrosa y necesita presentar un Plan de Crianza antes de que sus hijos hayan vivido en Montana durante seis meses, hable con un abogado.

Puede encontrar las leyes que hablan de la jurisdicción en el Código Anotado de Montana (M.C.A.) § 40-4-211. El "§" es un símbolo que significa sección. 40 es el Título. 4 es el Capítulo. Y, 211 es la Parte. Si tiene preguntas sobre si puede solicitar un plan de crianza en Montana, hable con un abogado.

¿Dónde Presento un Plan de Crianza en Montana?

Debe presentar un Plan de Crianza ante el Secretario de la Corte del Distrito en el condado donde la sede sea apropiada. Un condado puede ser un lugar apropiado si:

  • Uno o ambos padre y madre viven en el condado,
  • Los hijos viven en el condado,
  • O, los hijos tienen lazos importantes en el condado, como el lugar donde van a la escuela o ven a su médico.

Basado en su situación, podría haber más de un condado que podría ser un lugar adecuado. Si tiene dudas sobre en caul condado presentar la demanda, hable con un abogado.

¿Cómo Decide la Corte la Crianza de los Hijos?

La Corte determinará un plan de crianza basándose en lo que considere "el mejor interés para el  menor". Al decidir que es lo que más conviene para el menor, la corte  tendrá en cuenta estos factores junto con otros:

  • Los deseos de los padres del niño(a);
  • Los deseos del niño(a);
  • La interacción del niño (a) con sus padres, hermanos y otras personas que puedan tener un impacto significativo en él/ella;
  • El maltrato físico de uno de los padres o la amenaza de maltrato físico contra el niño(a) o la pareja;
  • Dependencia o abuso químico por parte de uno de los padres;
  • Continuidad y estabilidad de los cuidados;
  • Necesidades de desarrollo del niño; y

Puede encontrar la ley que habla de los factores que la Corte tendrá en cuenta a la hora de decidir el mejor interés del menor en Montana Code Annotated (M.C.A.) § 40-4-212. Recuerde, el "§" es un símbolo que significa sección. 40 es el Título. 4 es el Capítulo. Y, 212 es la Parte. Si tiene preguntas sobre el interés superior del menor, hable con un abogado.Si uno de los padres ha dejado de pagar a próposito los gastos de nacimiento o la manutención de los hijos que puede pagar.

Guías Locales Acerca del Plan de Crianza

También le recomendamos que consulte con el Secretario de la Corte o con el Centro Jurídico de Autoayuda más cercano para ver si disponen de Guías locales sobre el Plan de Crianza. Puede pensar en las guίas como una forma de añadir más orientación a lo que la ley dice que la corte debe tener en cuenta a la hora de decidir acerca la crianza de los hijos. Es probable que la Corte base sus decisiones en sus  locales.

¿Puede Limitar el Tiempo de los Hijos con uno de los Progenitores?

La ley de Montana parte de la base de que lo mejor para el menor es que ambos progenitores mantengan un contacto frecuente y continuo con él/ella. Lo ideal es que ambos progenitores pasen casi el mismo tiempo con sus hijos cuando sea lo mejor para ellos. No es necesario en todos los casos que los hijos pasen exactamente las mismas cantidades de tiempo con cada progenitor.

A veces no es en el mejor interés del menor tener contacto frecuente con uno de los progenitores. La Corte puede decidir limitar el contacto y/u ordenar visitas supervisadas con ese progenitor si es necesario para proteger al menor de cualquier daño. La Corte puede tener una audiencia para decidir si limita el tiempo de custodia en el mejor interés del menor.

A la hora de decidir si se limita y/u ordenan visitas supervisadas, la Corte tendrá en cuenta aspectos como:

  • Pruebas de maltrato físico por parte de uno de los progenitores contra la pareja o el menor.
  • Pruebas de amenazas de maltrato físico por parte de uno de los progenitores contra el otro progenitor o el menor.
  • Abuso de sustancias por parte de uno de los progenitores.

La Corte también tendrá en cuenta si uno de los progenitores ha sido condenado por:

  • Murder
  • Agresión sexual o violación
  • Poner en peligro a los hijos
  • Agresión a la pareja o a un familiar
  • Abuso sexual de menores
  • Estrangulamiento de la pareja o de un miembro de la familia

La Corte puede considerar las condenas por otros delitos a la hora de decidir si limita el contacto.

La Corte también puede considerar otras cuestiones cuando limita el tiempo de custodia. Por ejemplo, la Corte puede considerar:

  • El Desarrollo del Niño(a)
  • Necesidades de lactancia del bebé
  • Problemas de salud mental no tratados que afecten al niño o a la niña
  • Disponibilidad y ubicación de los padres.

Los formularios de esta página de la rede tienen espacio para que usted pida un contacto limitado y/o visitas supervisadas. Si tiene alguna duda, hable con un abogado.

¿Puedo Poner Fin a los Derechos del otro Progenitor?

La presentación de una Petición de Plan de Crianza no pone fin a los derechos de uno de los progenitores. Sólo establece cosas como donde vivirán los hijos, cuanto tiempo pasarán los hijos con cada progenitor y como se tomarán las decisiones sobre los hijos. Poner fin a la patria potestad significa que el progenitor no tiene ningún derecho a relacionarse con los hijos y no pagará la manutención. Un progenitor al que se le hayan quitado los derechos puede seguir recibiendo la orden de pagar la manutención atrasada.

En general, sólo puede pedirle a la Corte que ponga fin a los derechos del otro progenitor mediante una adopción padrastro/madrastra. Si el otro progenitor no está de acuerdo con que se ponga fin a su patria potestad, puede pedir que un abogado designado por la Corte le represente en el caso de adopción padrastro/madrastra. La persona que solicita la adopción padrastro/madrastra no tiene el mismo derecho a un abogado designado por la corte. Los formularios de adopción padrastro/madrastra de esta página de la rede son sólo para cuando ambos progenitores están de acuerdo.

Hay otras situaciones únicas en las que se puede poner fin a los derechos de uno de los progenitores sin una adopción padrastro/madrastra. En esos casos, la Corte también puede designar a un abogado para que represente al progenitor en riesgo de perder sus derechos. Puede obtener más información leyendo nuestro artículo sobre la extinción de la patria potestad en Montana. Si tiene alguna pregunta sobre la adopción o la extinción de la patria potestad, hable con un abogado de inmediato.

Establecer un Horario de Residencia

Los planes de crianza pueden ser generales o muy específicos a la hora de establecer donde estarán los hijos en diferentes momentos. Por ejemplo, el plan puede establecerse con quien vivirán los hijos antes de que empiecen la escuela, mientras estén en la escuela, durante las vacaciones de verano y de invierno, y para los diferentes días festivos y otras ocasiones especiales.

Cuanto más específico haga su plan de crianza, menos podrán discrepar usted y el otro progenitor por un lenguaje vago o poco claro. También será más fácil hacer cumplir si el otro progenitor incumple el plan. Por ejemplo, debería utilizar un lenguaje como "el primer y tercer fin de semana del mes, de 5:00 de la tarde del viernes a las 5:00 de la tearde del domingo" en lugar de simplemente "fines de semana alternos". No utilice un lenguaje general como "régimen de visitas razonables" si le preocupa que el otro progenitor no siga el plan o que haya desacuerdos sobre lo que significa "razonable". Un lenguaje detallado sobre el horario exacto de visitas también puede facilitar su cumplimiento por parte de las fuerzas del orden así como de las Cortes.

También es una buena idea pensar en como desea intercambiar a sus hijos con el otro progenitor. Si usted y el otro progenitor suelen tener desacuerdos, tal vez quiera incluir información específica sobre como intercambiarán a los niños para las visitas. Si el otro progenitor ha sido abusivo con usted en el pasado, tal vez quiera fijar un lugar de encuentro para el intercambio en algún sitio que sea seguro y público. Por ejemplo, el parqueadero de un restaurante o una tienda concurrida. También puede buscar en su zona un centro profesional de visitas supervisadas e intercambio que pueda utilizar.

Los formularios para planes de crianza de esta página de la rede tienen secciones en las que puede pedir normas específicas para los horarios de residencia y los intercambios de los hijos. Los formularios le permiten pedir un tiempo de custodia específico durante el curso escolar, las vacaciones, los fines de semana, los días festivos y las ocasiones especiales como los cumpleaños.

Tenemos formularios interactivos que crean un documento legal basado en las respuestas que usted da en una entrevista en línea.

También tenemos formularios para escribir en el espacio en blanco que puede imprimir y llenar a mano.

Manutención infantil y médica

La Corte  incluirá una orden de manutención infantil en el plan final de crianza. Es posible que uno o ambos progenitores tengan que pagar manutención infantil. La manutención de los hijos debe ajustarse a las directrices establecidas por la División de Cumplimiento de la Manutención de los Hijos (CSED). Cuando tenga una buena razón por la cual la manutención de los hijos debería ser diferente de lo que se ha calculado, puede pedirle a la Corte que considere una cantidad diferente. Hay tres maneras de llegar a una manutención de los hijos dentro de las siguientes pautas:

¿Cuáles son las Pautas para la Manutención de los Hijos?

La Corte ordenará una cantidad de manutención que considere razonable o necesaria para la crianza de los hijos. La mala conducta conyugal no afecta la cantidad de la manutención de los hijos. La Corte basará la cantidad de la manutención de los hijos en:

  • Los recursos económicos disponibles para el menor;
  • Los recursos económicos de que dispone cada progenitor (ingresos, pensiones, etc.);
  • El nivel de vida que el niño(a) habría tenido si los padres siguieran juntos;
  • Las necesidades emocionales, educativas y médicas del niño(a);
  • La edad del niño(a);
  • El costo de la guardería; y
  • Cuanto tiempo pasan los hijos con cada progenitor.

Es probable que un abogado privado, el CSED y la calculadora gratuita de manutención de los hijos en línea de Montana elaboren una orden de manutención de los hijos que cumpla con las pautas. Un abogado privado puede ser una buena opción si dispone de dinero y la situación es complicada. La Calculadora de manutención de los hijos en línea de Montana es una buena opción si conoce la situación financiera del otro progenitor y ninguno de los dos recibe ingresos temporales. Un ejemplo de ingresos temporales podría ser el dinero del trabajo estacional. Abrir un caso con la División de Cumplimiento de Manutención Infantil (CSED) es una buena opción si tiene problemas para utilizar la Calculadora de manutención de los hijos en línea de Montana y no puede contratar a un abogado. La CSED también puede ayudarle a hacer cumplir la orden de manutención, al igual que la Corte.

 

Declaración Financiera Jurada

Un factor importante para calcular la cantidad de la manutención de los hijos es cuanto gana cada progenitor. Ambos progenitores deben llenar una Declaración financiera de las Pautas de manutención infantil. Debe firmar este documento ante un notario, jurando que la información que contiene es verdadera. También debe adjuntar copias de sus recibos de pago u otra documentación de sus ingresos.

La calculadora de manutención de los hijos en línea de Montana le ayudará a elaborar la declaración financiera. El CSED o un abogado privado utilizará la Declaración financiera para llegar a un cálculo de la manutención de los hijos.

Si aún no tiene una Orden de manutención de los hijos, la ley exige que presente una copia de la Declaración financiera ante la Corte y que entregue una copia al otro padre como parte de su caso de Disolución y/o Plan de crianza.

¿Cómo afecta el desempleo a la Manutención de los Hijos?

Un padre/madre sigue siendo responsable del pago de la manutención aunque:

  •  Sus ingresos son desconocidos, o
  • Están desempleados.

En general, la corte asume que todo el mundo podría estar trabajando 40 horas semanales y ganando al menos el salario mínimo, a menos que pueda demostrar con buenas razones por que no puede trabajar 40 horas semanales. La cantidad de dinero que usted ganaría con un trabajo de tiempo completo por el salario mínimo se "designa" a cada progenitor. Designado significa que la corte asume que ese progenitor podría ganar esa cantidad de dinero.

La corte puede designar una cantidad mayor que el salario mínimo. Si el padre/madre tiene un potencial alto de hacer más dinero. El nivel de educaciόn y la historia de trabajo pueden afectar su potencial de ingreso.Por ejemplo, si un progenitor ganó $75,000 dόlares al año por algunos años y luego tomό otro trabajo por $50,000 dόlares al año, la corte puede designar un salario más alto basada en el potencial de ingreso del progenitor.

¿Cómo se realizan los pagos de la Manutención de los Hijos?

Los pagos de manutención de los hijos se realizan generalmente mediante retención automática de ingresos. La retención automática de ingresos es cuando la manutención de los hijos sale de su sueldo. La Corte puede optar por ordenar a uno de los padres que pague la manutención de los hijos de otra manera si encuentra una buena razón por la que la retención de ingresos no sea apropiada.

También se pueden retener los ingresos si el pago de la manutención se retrasa. La corte utiliza la palabra "moroso" para los pagos atrasados. La manutención se considera atrasada si lleva 8 días de retraso. Si usted y los niños reciben asistencia pública mediante la Asistencia Temporal para Familias Necesitadas (TANF), los pagos de la manutención deben realizarse a través del CSED.

Notificación a la División de Cumplimiento de la Manutención de los Hijos

Si ya está recibiendo servicios de la CSED, o si recibe asistencia pública mediante TANF, debe notificarle al CSED que ha solicitado una disolución del matrimonio y/o un plan de crianza. El paquete del Plan de Crianza que puede descargar de este sitio de la rede contiene una notificación al CSED.

Seguro Médico

Toda Orden de Manutención de los Hijos debe incluir también una sección sobre quien pagará el seguro médico y los gastos médicos de los hijos menores.

La norma general es que el progenitor que disponga de un seguro médico a través de su empleo debe cubrir a los hijos si el seguro está disponible a un costo razonable. Si ambos progenitores tienen planes de salud, ambos pueden proporcionar cobertura a los hijos.

A veces, la corte ordenará que ambos progenitores paguen las primas, los deductibles u otros gastos médicos en función de los porcentajes determinados por las pautas de manutención de los hijos. Por ejemplo, uno de los progenitores puede tener que pagar un tercio de los gastos, mientras que el otro paga dos tercios. La obligación de proporcionar un seguro médico finaliza cuando termina la obligación de manutención de los hijos.

Puede leer lo que dice la ley sobre el seguro médico y la manutención de los hijos en M.C.A. § 40-5-805M.C.A. § 40-5-806M.C.A. § 40-5-807M.C.A. § 40-5-808.

Durante una demanda acerca del Plan de Crianza

El término legal para una demanda de plan de crianza en Montana es Procedimiento de plan de crianza. La presentación de una Petición de Plan de Crianza sólo inicia el proceso. No establece inmediatamente un horario de crianza. La corte establece un horario de crianza cuando ordena un Plan de Crianza.

A veces la Corte ordenará un Plan de Crianza Provisional durante el Procedimiento de Plan de Crianza. Un Procedimiento de Plan de Crianza finaliza cuando la Corte ordena un Plan de Crianza Definitivo. Un Procedimiento de Plan de Crianza puede requerir una o más audiencias en la Corte, dependiendo de lo que esten en desacuerdo los padres y de lo complicados que sean los asuntos.

Durante un procedimiento legal, cualquiera de las partes puede presentar una Moción para pedirle a la Corte que tome una decisión o realice alguna acción. Cualquiera de los padres puede presentar una Moción para pedirle a la Corte que emita ciertas Órdenes durante un Procedimiento de Plan de Crianza. Si el otro progenitor no está de acuerdo con la Moción, puede presentar una Respuesta a la Moción para explicar porque no está de acuerdo con la Moción. En general, después de que un padre presente una Moción, la Corte  programará una audiencia para escuchar a ambos padres y tomar una decisión.

A continuación se indican las órdenes más comunes durante un Procedimiento de Plan de Crianza.

Mediación

La Corte ordenará a menudo que los padres acudan a la mediación. La Corte puede ordenar la mediación más de una vez. La mediación es una forma de resolver sus problemas fuera de las cortes. Ambos progenitores pueden tener un abogado con ellos en la mediación.

El mediador es la persona que dirige la mediación. Un mediador es un tercero neutral entrenado que no toma partido. Un mediador intenta ayudarle a usted y a la otra parte a llegar a un acuerdo con el que ambos puedan vivir y que pueda ser presentado y ordenado por la Corte.

El mediador no testifica ante la corte, no toma decisiones ni culpa a nadie. Pero, el mediador siempre presentará un informe después de la mediación para informar a la corte si las partes llegaron a algún acuerdo. El informe sólo debe decir:

  • Si la mediación tuvo éxito,
  •  Cuando tuvo lugar, y 
  •  Cuanto tiempo duró.

El mediador no culpará a ningún progenitor ni hará declaraciones sobre lo que dijeron durante la mediación en su informe.

Si usted y la otra persona no pueden llegar a ningún acuerdo, la mediación se detendrá. El mediador presentará un informe para hacerle saber a la Corte que las partes no llegaron a un acuerdo.

Si el mediador puede ayudarles a usted y a la otra parte a llegar a un acuerdo, les ayudará a redactar ese acuerdo. Ese acuerdo se denomina Plan de Crianza Estipulado. Puede hacer que un abogado revise el Plan de Crianza Estipulado. El mediador presentará un informe diciendo que la mediación fue un éxito. El mediador puede incluir una copia del Plan de Crianza Estipulado en su informe.

Usted o la otra parte presentarían entonces una Moción solicitando a la Corte que adopte el Plan de Paternidad Estipulado.

Importante: La mediación no puede ser adecuada para usted si:

  • Hay o ha habido violencia doméstica en la relación; O,
  • Uno de los padres ha abusado física, emocional o sexualmente al niño(a).

Si no cree que la mediación sea adecuada para usted por alguno de los motivos anteriores, deberá notificarle a la Corte. Para notificarle a la Corte:

  • Consulte la Orden de Mediación para saber que hacer si la mediación no es apropiada,
  • Preguntele al Secretario de la Corte  o al Centro Legal de auto Ayuda si tienen un formulario local para pedirle a la Corte que le excuse de la mediación; y/o
  • Presente una Moción por escrito que explique por qué la mediación no es adecuada para usted. En su Moción, necesitará referirse a la ley específica que dice cuándo la mediación no es apropiada. Puede encontrar esa ley en M.C.A § 40-4-301.

Importante: A veces, las personas deciden realizar la mediación aunque ellas o sus hijos hayan sufrido abusos. En estos casos, cada uno de los progenitores deberá dar su consentimiento por escrito e informado para la mediación. Puede consultar con la Secretaría de la Corte o con el Centro Legal de Auto Ayuda para ver si tienen un formulario para dar el consentimiento para la  mediación en estos casos.

Plan de Crianza Provisional

Puede solicitarle a la Corte un Plan Provisional de Crianza si necesita un horario temporal de crianza durante el Procedimiento del Plan de Crianza. Es posible que desee un Plan Provisional de Crianza si:

  • Los hijos están en peligro,
  • Teme que uno de los progenitores huya con los hijos, y/o
  • Usted y la otra parte no pueden llegar a un acuerdo sobre el tiempo de crianza durante el procedimiento del plan de crianza.

Usted le solicita a la Corte por un Plan Provisional de Crianza presentando una Petición de Plan Provisional de Crianza y una Declaración Jurada. También puede presentar una explicación corta en apoyo a su petición.

La explicación corta es donde usted presenta un argumento legal sobre porque le solicita a la Corte que ordene un Plan Provisional de Crianza. Debe basar su argumento legal en lo que dice la ley y en los hechos de su caso. Por ejemplo, una explicación corta podría decir: "El Demandante y el Demandado no pueden ponerse de acuerdo sobre los horarios regulares de crianza. Es en el mejor interés del menor que la Corte ordene mi Plan Provisional de Crianza".

La explicación corta hablará de hechos en la Declaración Jurada. Una Declaración Jurada es una declaración jurada sólo sobre hechos. Usted no argumenta en una Declaración Jurada. Una Declaración Jurada tendrá afirmaciones como: "Pedí tener tiempo de crianza los fines de semana. El Demandado dijo que sólo podía tener tiempo de crianza un fin de semana sí y un fin de semana no". Un abogado puede ayudarle a decidir qué información incluir en su Petición, Explicación Corta y Declaración Jurada. Deberá presentar su Petición de plan provisional de crianza ante la Corte que supervisa el caso de crianza, y notificar a la otra parte. Puede utilizar nuestra Moción interactiva para un plan de crianza provisional.

 

Orden para Mostrar Causa

Si uno de los padres no está siguiendo las órdenes del Juez durante un Procedimiento de Plan de Crianza, la otra parte puede presentar una Moción para Mostrar Causa. Por ejemplo, si la Corte ordena un Plan Provisional de Crianza, y la otra parte no lo está siguiendo, usted puede presentar una Moción para Mostrar Causa.

La Moción para Mostrar Causa le pide a la Corte que programe una audiencia para que la otra parte explique porque no está siguiendo las órdenes del Juez.

Para aprender más, lea nuestro artículo sobre los 10 pasos a seguir cuando la otra parte no sigue el plan de crianza.

Importante: Presentar una Moción para Mostrar Causa es un paso serio. Presentar una Moción para Mostrar Causa tiene sus riesgos. También puede haber otras opciones. Es una buena idea hablar con un abogado antes de presentar una Moción para Mostrar Causa.

Yendo a la Corte

Siempre se presenta la documentación para un caso de Plan de Crianza ante el Secretario de la Corte del Distrito. La Corte puede programar una o más audiencias para tratar las cuestiones planteadas en la documentación presentada en el procedimiento del plan de crianza o en audiencias anteriores.

Una audiencia es cuando ambos padres se reunen con el Juez en un ambiente formal. La Corte emitirá una Orden Fijando una Audiencia. Normalmente, la orden contendrá información sobre qué tratará la audiencia. La orden también dirá la hora de la audiencia y cuánto durará.

Asegúrese de leer detenidamente y comprender la orden por la que se convoca la audiencia y cualquier Moción que cualquiera de los progenitores haya presentado solicitando la audiencia. Asegúrese de llegar al punto de la audiencia y de no hablar de otros temas a menos que estén relacionados.

Cada progenitor tendrá la oportunidad de explicar su versión de los hechos. En algunas audiencias, el Juez permitirá a cada progenitor (o a su abogado si tienen uno) hacer preguntas al otro progenitor. La Corte llama a esto "interrogatorio cruzado".

El Juez también puede hacer preguntas a ambos progenitores sobre los hechos que declararon y los argumentos legales que expusieron en su documentación judicial o durante la audiencia.

Aquí  hay algunos consejos para representarse a sí mismo en una audiencia:
  1. Preséntese al menos 15 minutos antes.
  2. Vístase como si fuera a una entrevista de trabajo importante.
  3. Diríjase siempre al juez como "Su Señoría" o "Juez".
  4. Sea respetuoso con todo el mundo. Eso incluye al otro progenitor, al Juez, al personal de la Corte y a otras personas en la Corte.
  5. Lleve los documentos de la Corte que usted y la otra parte presentaron. Asegúrese de que los documentos de la Corte están organizados.
  6. Traiga sus pruebas. Asegúrese de que sus pruebas están organizadas para que pueda encontrarlas fácilmente. No querrá que la audiencia sea más estresante si tiene que buscar entre los papeles. Asegúrese de tener copias listas para usted, para la corte y para la otra parte si quiere que el juez vea pruebas escritas o fotografías.
  7. Traiga un esquema de lo que quiere decir. También puede traer preguntas que quiera hacerle a la otra parte.
  8. No traiga a sus hijos al menos que la Corte le haya ordenado que los niños estén presentes.
  9. Espere su turno para hablar. No querrá interrumpir a la otra parte  y especialmente al Juez.
  10. Hable claramente cuando sea su momento. Asegúrese de que el Juez y la otra parte pueden entenderle. No conseguirá lo que quiere si el Juez no puede entenderle o escucharle.
  11. Haga preguntas. Si no entiende algo, tiene derecho a pedir más información para comprenderlo. Sólo recuerde ser respetuoso, ya que las audiencias pueden ser estresantes.
  12. Asegúrese de que entiende lo que debe hacer a continuación antes de marcharse.

Siga todas las órdenes de la corte. El Juez puede darle órdenes verbales durante la audiencia. Debe seguirlas. El Juez también puede emitir órdenes escritas a lo largo del caso. También deberá seguirlas. El Secretario de la Corte le enviará por correo las órdenes escritas del Juez a la dirección que tienen archivada para usted.

Si está confundido sobre lo que el Juez ha ordenado exactamente durante una audiencia, es una buena idea pedir una aclaración. Si tiene dificultades para entender las órdenes escritas del Juez, le conviene que un abogado las revise.

Después de una Demanda acerca del Plan de Crianza

El procedimiento del plan de crianza finaliza cuando la corte emite un plan de crianza definitivo. El Plan de Crianza Definitivo dirá donde vivirán los hijos, que tipo de contacto tendrán los hijos con cada progenitor y como tomarán los padres las decisiones sobre los hijos. El Plan Final también incluirá una Orden Médica y de Manutención de los Hijos.

Es importante que siga el Plan Final de Crianza. Esto incluye lo siguiente:

  • El horario de residencia de los hijos
  • Pautas sobre cuando, donde y como intercambiar a los hijos
  • Como se tomarán las decisiones sobre la crianza de los hijos
  • La manutención de los hijos
  • La manutención médica
  • Actualizar a la Corte sobre los cambios en su información personal.

Si tiene alguna pregunta sobre su Plan de Crianza Definitivo, hable con un abogado.

Actualizar a la Corte acerca de cambios en su Información

Los Planes de Crianza deben requerir que ambas partes actualicen a la corte acerca de los cambios en la siguiente información:

  • Su número de Seguro Social,
  • Sus direcciones de residencia y de correo,
  • Su número de teléfono,
  • Su número de licencia de conducir,
  • El nombre, la dirección y el número de teléfono de su empleador,
  • Si los hijos están cubiertos por un plan de seguro médico o de salud, el nombre del plan, el número de identificación de la póliza y los nombres de las personas cubiertas; y
  • Si los hijos no están cubiertos, información sobre la disponibilidad de cobertura a través del empleador de la parte.

Si le preocupa que actualizar a la Corte con esta información le puede poner en peligro, hágaselo saber a la Corte. La Secretaría de la Corte  o el Centro legal de Auto Ayuda pueden tener un formulario local para notificarle a la Corte. O puede que necesite presentar una Moción por escrito para pedirle a la Corte que mantenga cierta información en privado.

Si se Muda

Antes de mudarse, debe presentar una Notificación de Intención de Mudanza ante el Secretario de la Corte del Distrito, y entregarle a la otra parte  la Notificación. Si su mudanza afectará significativamente el contacto del menor con la otra parte, deberá presentar y entregar la Notificación de Intención de Mudanza al menos 30 días antes de mudarse. También debe incluir una Propuesta del Plan de Crianza Modificado.

Puede encontrar lo que dice la ley sobre un Aviso de Intención de Mudanza en M.C.A § 40-4-217.

En esta página de la rede puede encontrar más información y los formularios para presentar una Notificación de Intención de Mudanza.

Cambiando su Plan de Crianza

La mayoría de los Planes de Crianza tienen una sección que dice que los padres deben ir a mediación antes de pedirle a la Corte que cambie su Plan de Crianza. La idea es evitar que los padres tengan que volver a la Corte cada vez que haya un desacuerdo. Lo ideal es que el Plan de Crianza se redacte de forma que haya poca necesidad de cambiarlo a medida que los hijos crezcan.

Si usted y la otra parte están de acuerdo en introducir cambios en el Plan de Crianza, pueden presentar una Moción para Modificar el Plan de Crianza (Acordado).

Si usted y el otro progenitor no pueden ponerse de acuerdo sobre los cambios, los pasos para modificar un Plan de Crianza son complicados. Puede pedirle a la Corte que cambie un Plan de Crianza presentando una Moción para Modificar el Plan de Crianza. Normalmente, debe presentar la Moción ante la misma Corte que ordenó su Plan de Crianza Definitivo.

En general, para cambiar un Plan de Crianza cuando la otra parte no está de acuerdo debe demostrarle a la Corte que:

  • Han pasado seis meses desde que se ordenó el Plan de Crianza definitivo, Y
  • Ha habido un cambio significativo en las circunstancias, Y
  • Es necesario un nuevo plan para proteger el mejor interés del menor.

Puede encontrar los formularios para cambiar su Plan de Crianza en este sitio de la rede. Puede encontrar la ley para cambiar su Plan de Crianza en M.C.A § 40-4-219. Si está pensando en cambiar su Plan de Crianza, es una buena idea hablar con un abogado.

Si uno de los Progenitores no sigue el Plan de Crianza

Es grave que uno de los progenitores no siga el Plan de Crianza ordenado por la Corte. No seguir un Plan de Crianza puede causar estrés a los padres y a los hijos. Uno de los progenitores puede pedirle a la corte que cambie la custodia si uno de los progenitores no la sigue. Un progenitor puede ser declarado culpable de desacato a la corte por incumplir un Plan de Crianza. Un progenitor puede enfrentarse a cargos penales por no seguir un Plan de Crianza. Usted debe seguir su parte del plan, incluso cuando la otra parte no esté siguiendo el Plan de Crianza. Dos errores no hacen uno cierto.

Tiene opciones y medidas que puede tomar cuando la otra parte no sigue el Plan de Crianza. Por lo general, no conviene precipitarse al juzgado ni llamar a la policía cuando el otro progenitor no sigue el Plan de Crianza, a menos que exista una emergencia o un problema de seguridad inmediato.

Obtenga más información leyendo nuestro artículo 10 pasos para cuando la otra parte no sigue el plan de crianza.

Cuestiones Fiscales a tener en Cuenta

El IRS asume que el progenitor que realmente tiene a los hijos la mayor parte del tiempo debe obtener las exenciones. El IRS no puede basarse en el horario del plan de crianza. Pero, a los padres se les permite intercambiar exenciones fiscales de un lado a otro, utilizando el formulario 8332 del IRS.

Si tiene problemas con el IRS, puede solicitar ayuda legal gratuita a la Asociación de los Servicios Legales de Montana.     

Actúe

Formularios Legales

Formularios Legales

A continuación encontrará enlaces a los formularios habituales del derecho de familia de los que hablamos en este artículo.

Divorcio
Planes de Crianza
Durante un Procedimiento Legal
Una vez Finalizado el Procedimiento Legal

Ayuda Legal

  •  El Servicio de Referencia del Colegiado de Abogados del Estado puede proporcionarle información de contacto de abogados que prestan el tipo de asistencia que usted busca, debe pagar una tarifa. Puede ponerse en contacto con el  El Servicio de Referencia del Colegiado de Abogados del Estado en el (406) 449-6577 o en montanabar.org
  • La Asociación de los Servicios legales de Montana (MLSA) proporciona ayuda legal gratuita en casos civiles y no criminales a los clientes que reúnan los requisitos. Obtenga más información sobre cómo solicitar ayuda legal gratuita en Montana.
  • Contacte el Centro Legal de Autoayuda más cercano para obtener información legal gratuita y formularios.
  • Contáctenos a nuestro número de WhatsApp al (406) 438-1027 (hablamos español)
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